MI HIJO “DE 40 AÑOS” SE
HA HECHO EL REY DE LA CASA.
No dejan la casa hasta los 40 y
encima imponen sus reglas. Los jueces ya han dicho algo sobre el tema.
Opinión de un lector.
Ya sea por el problema de la vivienda,
ya por el escaso sueldo, por lo que sea que prefiero no comentarlo porque
yo me casé para irme a una habitación con derecho a cocina,
el caso es que mis hijos de casi cuarenta años siguen en casa y
por supuesto imponiendo sus reglas.
Cuando se convive en el hogar paterno
hay que respetar una serie de reglas, y así lo ha declarado el Tribunal
Supremo para hacer frente a las situaciones conflictivas que se plantean,
cada vez con más frecuencia, entre quienes han superado la barrera
de los 18 años pero pretenden imponer sus propias reglas en el hogar
paterno.
Como recoge la sentencia del Tribunal
Supremo de 23 de febrero de 2000, entre estas personas y sus progenitores
"ha surgido una cuestión que sociológicamente está
comúnmente denominada lucha generacional; y dicha situación
se deriva, en primer lugar, de la posición de unos padres, que tratan
de fijar una norma de vida –horarios, salidas y otros aspectos similares–
para una convivencia común y familiar en el hogar, y en segundo
lugar, el desacuerdo con la misma de una hija que pretende realizar su
vida con arreglo a unas normas que ella cree imprescindibles para desarrollar
y reafirmar su personalidad".
La sentencia menciona así
que la libertad tiene aspectos positivos, lógicamente, pues implica
tomar las decisiones que cada cual tenga por conveniente en los diversos
ámbitos, pero presenta también un precio que se debe pagar,
que no es otro que el de ganarse la vida cuando uno está en condiciones
de hacerlo y no existen impedimentos para obtener recursos por sí
mismo, sin que se pueda pretender ser mantenido por los padres. Implica,
como se expresa literalmente, "la pérdida de ciertas comodidades,
y (...) sufrir contratiempos dolorosos, que van desde el área de
los afectos hasta el entorno laboral".
Una situación de dependencia
paterna no puede eternizarse, subordinándose su cese a que se presente
una oportunidad laboral que acaso no surja jamás. Los padres deben
ayudar a la formación del hijo, por supuesto, pues constituye un
deber, pero no se les puede exigir algo que sobrepasa el nivel que pueden
alcanzar.
En la sentencia de la Audiencia
Provincial de Toledo de 20 de marzo de 2001 se trata de un joven de 24
años que, pese a contar con cierta formación, trabajaba como
repartidor de pizzas. Aunque la dureza de esta situación no justifica
comportamientos inadmisibles, como solicitar la baja voluntaria en el empleo
días antes de presentar la demanda para percibir alimentos del padre,
provocando así deliberadamente una situación de dependencia.
El problema de los jueces es que
deben analizar los perfiles académicos del trabajador y entrar a
debatir algo tan complicado como el sexo de los ángeles. ¿Si
tu hijo licenciado por 100 universidades sólo encuentra trabajo
repartiendo pizzas, debes mantenerlo de por vida?.
Acaba la sentencia del Tribunal
Supremo diciendo "lo que no se puede pretender es realizar un modelo de
vida propio y con arreglo a unos principios de conducta que atacan y contradicen
a los de un entorno familiar y social, y seguir obteniendo las ventajas
de acogimiento y económicas de dicho entorno, que se rechaza".
En todo caso, mejor no imaginar
la situación que se debe generar cuando el hijo impone su derecho
a seguir en la casa por medio de una sentencia judicial. ¿Dónde
está le límite?.

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